jueves, 22 de septiembre de 2016

Estado Democrático Social de Derecho y Justicia (Diapositivas)



El Proyecto Democrático y la Realidad Sociopolítica (Informe)




El Proyecto Democrático y la Realidad Sociopolítica

El proyecto democrático actual de Venezuela comienza en el año 1998, con la elección del señor HUGO RAFAEL CHÁVEZ FRÍAS en la presidencia de la república de Venezuela, dicho presidente venía con una meta establecida, la cual era cambiar el rumbo de Venezuela mediante el cambio de las leyes actuales que estaban en curso en la constitución de Venezuela, obteniendo el apoyo de la sociedad. Es así como comienza en Venezuela un nuevo proceso llamado revolución socialista, la cual tenía como objetivo darles a los venezolanos una vida de mejor calidad, equitativa, en igualdad de condiciones, en donde la patria era tomada en cuenta a la hora de emprender proyectos, la cual quería acabar con el modelo capitalista que existía en Venezuela y darle al pueblo incentivo de superación. La cual necesita que en los venezolanos existiera una ética socialista, cultura democrática, solidaridad y alcanzar la suprema felicidad social.

Proceso Político

  • Gobierno de democracia participativa (realización de dos referéndums)
  • Promulgo la constitución de 1999 en la cual se elevó el período presidencial a 6 años y se permite la reelección inmediata. Fue ratificado en julio del 2000 como presidente de la República.
  • Varias marchas y concentraciones tanto de la oposición como del oficialismo. Sucesos que conmocionaron al país: como los asesinatos de “Puente LLaguno” (11/04/2002), en la Plaza Francia Altamira (06/12/2002) y Paseo los Ilustres (03/01/2003).
  • Un gran sector de la población se plegó al paro nacional convocado por FEDECAMARA y la CTV desde el 2/12/2002, al cual se unieron los trabajadores de PDVSA, hasta comienzo del 2003.
  • En el 2003, se solicita la activación de un nuevo mecanismo constitucional para la revocatoria del mandato de funcionarios públicos electos popularmente.
  • La moneda sufrió una fuerte devaluación. Se estableció un control cambiario regulado por la comisión de administración de divisas (CADIVI).

Revolución Social

Un compromiso de todos para combatir la pobreza, la inseguridad:

  1. Educación para ciudadanía y la producción.
  2. Formar un ciudadano sano y eficiente protegido.
  3. Trabajar por una vivienda y un hábitat digno para todos.
  4. Luchar por la equidad y la dignidad de todos los venezolanos.


Revolución descentralizada

Para el desarrollo sustentable:

  1. Ambiente.
  2. Control de calidad ambiental urbana
  3. Ordenamiento del territorio.
  4. Conservación de recursos naturales renovables.
  5. El agua.
  6. Política de apoyo al sector agrícola.
  7. Desarrollo del potencial turístico.
  8. Infraestructura y servicios públicos.

Revolución Económica

  1. Confianza, estabilidad, crecimiento económico y empleo.
  2. Estabilidad, prosperidad y empleo.
  3. La difícil coyuntura económica actual: punto de partida de grandes cambios:
  4. Lineamientos de política macroeconómica.
  5. La reactivación económica y las políticas sectoriales.
  6. Política industrial y comercio exterior.
  7. Industria petrolera y política energética.
  8. El papel del sector construcción.
  9. Energía eléctrica.
  10. Telecomunicación.


En cuanto a los aciertos podemos decir la inclusión de Venezuela en el ámbito internacional disminución de la alfabetización de la población, creando misión Robinson, misión Rivas misión sucre, becas en universidades privadas, la creación de universidades como la unefa y la ubv. También podemos acotar que en ámbito transporte a aportado en vehículos, buses que el estado invirtió para darle a la sociedad una manera de transporte digna y de calidad, en el sector salud tenemos los cdi, sri, los hospitales y clínicas, barrio adentro la cual es gratuita. A nivel tecnológico hemos crecido de manera significativa obteniendo asi tecnología de punta como: satélites, teléfonos de última generación, tablet y laptop otorgadas por el gobierno a estudiantes para su mejor educación y también a la venta a los venezolanos etc. en el ámbito alimenticio la creación de la red mercal, pdval la cual vende productos a menor costo para la población más necesitada de Venezuela.

Entre sus desaciertos, en el ámbito económico podemos decir que nuestra economía, se encuentra en una debacle significativa en cuanto a la caída del precio del petróleo, el cual es el recurso principal de sustento de la nación, con la caída del precio del petróleo ha aumentado el precio de los artículos importados, caída de producción de alimentos etc. Esto ha originado una devaluación de la moneda, una súper inflación que se encuentra insostenible a la hora de adquirir bienes, servicios, alimentos, cabe destacar que esto a originado un modo de trabajo llamado el bachaqueo, el cual consiste en adquirir un bien o alimento que esta escaso hoy en día y venderlo a un precio muy elevado, modo que a adoptado la sociedad para poder sustentarse o aprovecharse de las necesidades de los demás. En el ámbito de la salud, los medicamentos no se encuentran bien sea en farmacias privadas o públicas, falta de insumos en las clínicas, hospitales, cdi, consultorios.

En cuanto a la sociedad está dividida hoy en día por el ámbito político, lo cual ha generado un descontento civil, esto ha originado la exclusión de personas por sus creencias políticas, al punto de enfrentamientos entre venezolanos, llegando al punto de muertes en marchas, huelgas de hambre, persecución política, insultos etc.

Hoy en día tenemos el aumento de la gasolina producto derivado del petróleo, lo cual genera un aumento en los aspectos, económico, alimenticio, transporte.




¿Qué deben incorporar los centros educativos?

Artículo 108 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Los centros educativos deben incorporar el conocimiento y aplicación de las nuevas tecnologías, de sus innovaciones, según los requisitos que establezca la ley.



¿Qué garantizará el estado?

Artículo 108 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. El Estado garantizará servicios públicos de radio, televisión y redes de bibliotecas y de informática, con el fin de permitir el acceso universal a la información.



¿A qué deben contribuir todos los medios de comunicación social?

Artículo 108 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Los medios de comunicación social, públicos y privados, deben contribuir a la formación ciudadana.



¿A qué tiene derecho toda persona?

Artículo 58 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Toda persona tiene derecho a la información oportuna, veraz e imparcial, sin censura, de acuerdo con los principios de esta Constitución, así como a la réplica y rectificación cuando se vea afectada directamente por informaciones inexactas o agraviantes.



¿Qué es la constitución?

Artículo 7 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. La Constitución es la norma suprema y el fundamento del ordenamiento jurídico. Todas las personas y los órganos que ejercen el Poder Público están sujetos a esta Constitución.



Características del Gobierno de la República Bolivariana de Venezuela

Artículo 6 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. El gobierno de la República Bolivariana de Venezuela y de las entidades políticas que la componen es y será siempre democrático, participativo, electivo, descentralizado, alternativo, responsable, pluralista y de mandatos revocables.



¿A quiénes se propugnan?

Artículo 2 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Venezuela propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico y de su actuación, la vida, la libertad, la justicia, la igualdad, la solidaridad, la democracia, la responsabilidad social y, en general, la preeminencia de los derechos humanos, la ética y el pluralismo político.



¿Cómo se constituye Venezuela?

Artículo 2 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Venezuela se constituye en un Estado democrático y social de Derecho y de Justicia.



Constitución de la República Bolivariana de Venezuela: Artículo 108

Los medios de comunicación social, públicos y privados, deben contribuir a la formación ciudadana. El Estado garantizará servicios públicos de radio, televisión y redes de bibliotecas y de informática, con el fin de permitir el acceso universal a la información. Los centros educativos deben incorporar el conocimiento y aplicación de las nuevas tecnologías, de sus innovaciones, según los requisitos que establezca la ley.



Constitución de la República Bolivariana de Venezuela: Artículo 58

La comunicación es libre y plural y comporta los deberes y responsabilidades que indique la ley. Toda persona tiene derecho a la información oportuna, veraz e imparcial, sin censura, de acuerdo con los principios de esta Constitución, así como a la réplica y rectificación cuando se vea afectada directamente por informaciones inexactas o agraviantes. Los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a recibir información adecuada para su desarrollo integral.



Constitución de la República Bolivariana de Venezuela: Artículo 7

La Constitución es la norma suprema y el fundamento del ordenamiento jurídico. Todas las personas y los órganos que ejercen el Poder Público están sujetos a esta Constitución.



Constitución de la República Bolivariana de Venezuela: Artículo 6

El gobierno de la República Bolivariana de Venezuela y de las entidades políticas que la componen es y será siempre democrático, participativo, electivo, descentralizado, alternativo, responsable, pluralista y de mandatos revocables.



Constitución de la República Bolivariana de Venezuela: Artículo 2

Venezuela se constituye en un Estado democrático y social de Derecho y de Justicia, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico y de su actuación, la vida, la libertad, la justicia, la igualdad, la solidaridad, la democracia, la responsabilidad social y, en general, la preeminencia de los derechos humanos, la ética y el pluralismo político.



La Comunicación y la Equidad

La comunicación es la manera en la cual una sociedad intercambia o plantea sus ideas y opiniones entre sí, la comunicación es fundamental en la vida de todo ser humano, ya que mediante ella transmitimos nuestros sentimientos, nuestra manera de pensar, de vivir. La comunicación es la clave del éxito prácticamente en todos los aspectos de la vida, todos tenemos la necesidad de intercambiar comunicación con otros seres humanos, cabe destacar que la comunicación nos ayuda a enseñar y también nos ayuda a aprender de los demás.

La comunicación es Venezuela es de manera amplia e ilimitada, ya que podemos decir que la sociedad venezolana expresa libremente sus ideas, ideología política, manera de pensar, mediante medios de comunicación visual, radial e impresos.

Se conoce como equidad a la igualdad que debe de existir en una sociedad, en la sociedad debe de existir igualdad de género, raza, edad en la cual todos por igual debemos de tener la misma participación en cuanto a lo político, económico, social, cultural de un país.

Como tal, la equidad se describe como el uso de la imparcialidad para reconocer el derecho de cada uno, utilizando la equivalencia para ser iguales. Por otro lado, la equidad adapta la regla para un caso concreto con el fin de hacerlo más justo.

En Venezuela hoy en día, se ha difundido mucho la igualdad mediante el modelo socialista de gobierno actual, el cual tiene como objetivo que tanto la clase obrera como la clase burgués deben de tener la misma prioridad dentro de una sociedad, que tanto el hombre como la mujer son fundamentales a la hora de toma de decisiones en un país o empresa de trabajo, que bienes de la nación deben de ser repartidos en un pueblo bien sea, negro, blanco, wayuu mestizo, rico, pobre. Y así que la sociedad venezolana viva de manera equitativa, en los ámbitos económicos, sociales, políticos, culturales, etc.



Derecho a la Información y Libertad de Expresión

Toda persona tiene derecho a expresar libremente sus pensamientos, sus ideas u opiniones de viva voz, por escrito o mediante cualquier otra forma de expresión, y de hacer uso para ello de cualquier medio de comunicación y difusión, sin que pueda establecerse censura. Quien haga uso de este derecho asume plena responsabilidad por todo lo expresado. No se permite el anonimato, ni la propaganda de guerra, ni los mensajes discriminatorios, ni los que promuevan la intolerancia religiosa.

Se prohíbe la censura a los funcionarios públicos o funcionarias públicas para dar cuenta de los asuntos bajo sus responsabilidades (Artículo 57 de la CRBV).

La comunicación es libre y plural, y comporta los deberes y responsabilidades que indique la ley. Toda persona tiene derecho a la información oportuna, veraz e imparcial, sin censura, de acuerdo con los principios de esta Constitución, así como a la réplica y rectificación cuando se vea afectada directamente por informaciones inexactas o agraviantes. Los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a recibir información adecuada para su desarrollo integral (Artículo 58 de la CRBV).

El artículo 57 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, consagra el derecho a la libre expresión del pensamiento; este derecho es reconocido también en el preámbulo de la Declaración Universal de Derechos Humanos de 1.948; en el artículo 19.2 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; en el artículo 4º de la Declaración Americana de Derechos del Hombre y en el artículo 13.1 del Pacto de San José. Según la doctrina jurídica, “ el fundamento de este derecho es la necesidad de proteger y garantizar la exteriorización de la libertad de pensamiento, entendida como la manifestación de la capacidad de racionalidad y autodeterminación de todo ser humano, que configura una de las dimensiones de la dignidad de la persona humana” ; sin embargo, “... no es en modo alguno un derecho absoluto, como si lo es la libertad de pensamiento, porque con el ejercicio de este último jamás se puede dañar a nadie, mientras que con el ejercicio ilimitado de la libertad de expresión si”. De modo que, los límites del derecho a la libertad de expresión son “el respeto del derecho a la intimidad, al honor, a la privacidad, la honra y reputación de las personas, porque su ejercicio ilimitado y absoluto puede convertirse en fuente de abuso y atropello de otros derechos que protegen la integridad del individuo”.

El artículo 58 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, consagra el derecho a la información, el cual es un derecho diferente al derecho a la libre expresión del pensamiento, comentado en el párrafo precedente; en efecto, la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en sentencia Nº 2.009, con ponencia del Magistrado Dr. Jesús E, Cabrera Romero, dice “...la Constitución establece en sus artículos 57 y 58, dos derechos diferentes, cuales son el derecho a la libre expresión del pensamiento y el derecho a la información oportuna, veraz e imparcial, y sin censura...” El criterio que sostiene la doctrina jurídica es que la diferencia fundamental entre el derecho a la libertad de expresión y el derecho a la información, consiste en que en el primero la veracidad de lo expresado es totalmente irrelevante, en el derecho a la información, por el contrario, la veracidad constituye un requisito esencial de su contenido; de allí que se hable de información veráz, como un postulado del derecho a la información.

Cada día más, los medios de comunicación se hacen necesarios en los sistemas democráticos. Ellos cumplen diversas funciones dependiendo de las características del gobierno en donde se desenvuelven. En democracias jóvenes, los medios de comunicación consolidan el sistema político; y en democracias ya establecidas, se encargan de defenderla para que no se cometan injusticias.
Los medios, en un régimen de libertades, son los entes que procuran brindar una perspectiva más justa del acontecer diario. Ellos intentan de que los diferentes puntos de vista que se presentan sean la representación más fiel de la realidad y de esta manera, instituir al ciudadano de forma integral.

En nuestro país, Los medios de comunicación permiten a las personas estar informados, satisfaciéndoles su derecho. En cuanto a esa información o noticia, actúan en dos planos: uno general, donde deben emitir información veraz, oportuna e imparcial, donde se evita la difusión de la noticia falsa, o manipulada con medias verdades; uno de la desinformación que niega la oportunidad de conocer la realidad de la noticia; o de la conjetura o información parcializada para lograr un fin específico contra algo o alguien.

Este derecho constitucional, a favor de toda persona, crea en los medios la obligación de información veraz, oportuna e imparcial, que da derecho a réplica o rectificación, el cual puede ejercerse mediante un amparo, si la situación jurídica de la persona se ve afectada por la información inexacta (así no esté referido a ella), que le impide recibir y difundir informaciones o ideas que le permitan ejercer correctamente su derecho a la libertad de pensamiento o expresión.




Democracia Participativa

Democracia Participativa o Semidirecta es una expresión amplia, que se suele referir a formas de democracia en las que los ciudadanos tienen una mayor participación en la toma de decisiones políticas que les otorga tradicionalmente la democracia representativa.

Puede definirse con mayor precisión como un modelo político que facilita a los ciudadanos su capacidad de asociarse y organizarse de tal modo que puedan ejercer una influencia directa en las decisiones públicas. Se manifiesta usualmente por medio de referendos por los que los representantes consultan a la ciudadanía o por medio de iniciativas de consulta que los ciudadanos presentan a los representantes.

La democracia participativa y estas otras formas no deben considerarse como excluyentes entre sí. Más bien, cada una de ellas apunta en una determinada dirección sobre cómo hacer avanzar la democracia representativa tradicional hacia sistemas con mayor grado de participación. En la práctica, un sistema concreto de democracia participativa puede basarse en ideas y métodos provenientes de distintas variantes.

Razones para su Promoción

Una de las razones fundamentales para promover la democracia participativa consiste en que tal sistema ofrece al ciudadano una capacidad de participar en decisiones orientadas a desarrollar una economía socialmente justa y humanista. Esto promueve un ambiente de cooperación porque se aprecian directamente las consecuencias de tales decisiones para todos y cada uno de los miembros de la sociedad.

La democracia participativa auténtica hace énfasis muy especial en dar voz a los individuos y a las comunidades, cuyas opiniones, anhelos y aspiraciones rara vez hallan eco o atención en los mecanismos tradicionales de la democracia representativa.

Este es un proceso de transformación  que ya está en marcha en muchas sociedades democráticas que debe apuntar a promover mecanismos prácticos de participación, medios transparentes de información e investigación, adiestramiento desde la escuela en las técnicas de participación y un programa político estable que defina claramente sus metas destinadas a generar una energía social de participación en las comunidades orientada a la vida y decisiones del barrio, del municipio, de la provincia y de la nación, con el consecuente resultado de concertación, tolerancia y colaboración que necesariamente desemboque en una evidente mejora de la calidad de vida.

¿Por qué Democracia Participativa?

Hay buenas razones por las cuales la democracia participativa debiera funcionar:

  • Aprovecha las experiencias y la capacidad de todos: La sociedad funciona mediante una red que interrelaciona al gobierno, las diversas comunidades, los grupos de intereses, los sectores y las instituciones. Además, los ciudadanos tienen un conocimiento mucho más íntimo a nivel local de las necesidades de la población que ningún grupo de políticos desde un gobierno altamente centralizado.
  • Promueve la legitimidad: Las instituciones, los organismos sectoriales, las empresas y los gobiernos acabarán por apreciar que tienen mucho que ganar en confianza, apoyo y colaboración de parte de los ciudadanos si los incluyen de alguna forma en sus decisiones. Los propios ciudadanos tienen una mayor facilidad de promover iniciativas destinadas a hacer más eficaz el medio en que se desenvuelven.
  • Desarrolla nuevas capacidades: La participación desarrolla la capacidad de las personas de trabajar en colaboración con los demás, de identificar prioridades y de lograr que las cosas se hagan y los proyectos se realicen. La actividad participativa los convierte así en mejores ciudadanos.
  • Mejora la calidad de vida: Estudios realizados por economistas, sociólogos y sicólogos han demostrado que las personas que participan en la toma de decisiones son más felices que los que se limitan a aceptar o aplicar las decisiones de otros, debido a que se sienten responsables del mejoramiento de su calidad de vida. Además, la participación brinda al ciudadano una oportunidad de mayor eficacia en la colaboración.



Democracia Profunda

Es un paradigma psico-socio-político y una metodología. El concepto de Democracia Profunda ha sido desarrollado por Arnold Mindell. Se define como una actitud y un principio.

  • Actitud: La Democracia Profunda es una actitud que se centra en estar conscientes de las voces que ocupan un lugar central y marginal. Este tipo de conciencia puede ser enfocada en los grupos, organizaciones, en experiencias internas propias, de personas en conflicto, etc. al tomar en serio acontecimientos y sentimientos aparentemente sin importancia, que pueden aportar soluciones inesperadas, tanto para los grupos como para los conflictos internos.
  • Principio: A diferencia de la democracia “clásica”, que se centra en la regla de la mayoría, la Democracia Profunda sugiere que todas las voces, los estados de conciencia, y los marcos de realidad son importantes. La Democracia Profunda también sugiere que la información contenida dentro de estas voces, percepciones, y los marcos de realidad son necesarios para comprender el proceso del sistema completo. El significado de esta información aparece, cuando los diversos marcos de realidad y las diferentes voces están relacionados entre sí. La Democracia Profunda es un proceso de relación, no un estado estático, o un conjunto de políticas.



Democracia Formal

Se denomina democracia formal al sistema de gobierno que cumple una serie de reglas "universales de procedimiento", entre ellas:

  • El máximo órgano político con función legislativa debe estar compuesto por miembros elegidos directa o indirectamente por el pueblo en elecciones libres.
  • Junto al supremo órgano legislativo deben existir otras instituciones cuyos dirigentes también sean elegidos, por ejemplo, el jefe de Estado en las repúblicas.
  • Deben ser electores todos los ciudadanos que hayan alcanzado la mayoría de edad, sin distinción de raza, de religión, de ingresos o de sexo.
  • Todos los votos de los electores deben valer lo mismo.
  • Todos los electores deben ser libres de votar según su opinión, formada lo más libremente posible, es decir, en una libre contienda de los grupos o partidos políticos que compiten por la representación nacional. Para ser libres, deben tener alternativas reales, es decir que una elección con lista única y bloqueada está excluida de la democracia formal. 
  • El principio de mayoría numérica vale para las elecciones de los representantes y también para las decisiones del supremo órgano político, aunque pueden establecerse diversas formas de mayoría.
  • Ninguna decisión tomada por la mayoría puede limitar los derechos de la minoría. Ésta debe contar con igualdad de oportunidades para convertirse en mayoría.
  • El órgano del gobierno debe gozar de la confianza del Parlamento o bien del jefe del Poder Ejecutivo, que, a su vez, es elegido por el pueblo.

La democracia formal se refiere al conjunto de reglas de juego democráticas, determina cómo se toman las decisiones políticas, pero no establece cuáles deben ser esas decisiones.

No puede señalarse qué cantidad de reglas tiene que cumplir un gobierno para ser considerado democrático. Sin embargo, puede afirmarse que si un régimen no observa alguna de estas reglas no es democrático.

Cumplir esos "universales de procedimiento" permite, sin embargo, tomar decisiones que favorezcan tanto a una minoría como a un sector mayoritario de la población.


Constitución de la República Bolivariana de Venezuela de 1999



Constitución de la República de Venezuela de 1961



Constitución Federal de los Estados de Venezuela de 1811