jueves, 22 de septiembre de 2016

¿A quiénes se propugnan?

Artículo 2 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Venezuela propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico y de su actuación, la vida, la libertad, la justicia, la igualdad, la solidaridad, la democracia, la responsabilidad social y, en general, la preeminencia de los derechos humanos, la ética y el pluralismo político.



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