La historia constitucional
venezolana, que se inicia coetáneamente al constitucionalismo español (e
incluso antes, toda vez que su primera Constitución data de 21 de diciembre de
1811) es extraordinariamente agitada ya que es posible constatar un total de 25
textos constitucionales (1811, 1819, 1821, 1830, 1857, 1858, 1864, 1874, 1881,
1891, 1893, 1901, 1904, 1909, 1914, 1922, 1925, 1928, 1929, 1931, 1936, 1945,
1947, 1953, 1961 y 1999). Evidentemente un buen número de tales textos no
constituyen otra cosa que una mera cobertura jurídica con apariencia de
constitución para justificar el poder de caudillos o dictadores militares; de
otra parte, también hay que advertir, para matizar esta afirmación inicial ,
que en la tradición constitucional venezolana no ha existido hasta épocas
recientes el mecanismo de la reforma parcial, por lo que con frecuencia se
reviste como nueva constitución lo que materialmente no ha sido más que una
puntual modificación de algunos preceptos constitucionales. No obstante, todo
ello no es óbice para que la mera enumeración de los textos formalmente
constitucionales revele una ajetreada historia política y una escasa
consolidación de las ideas constitucionales.
La Constitución de 15 de
diciembre de 1999, hoy vigente, ha venido a suceder a aquella otra de 23 de
enero de 1961, que fuera elaborada con el acuerdo y respaldo de los tres
principales partidos (Acción Democrática, COPEI y Unión Republicana Democrática)
que apoyaron a la Junta de Gobierno implantada tras el levantamiento cívico militar
que tuvo lugar el 23 de enero de 1958 contra el gobierno del general Marcos
Pérez Jiménez, y logró dotar al país de un régimen basado en los principios de
la democracia constitucional, liberal y representativa. Durante casi 40 años
Venezuela pareció así disfrutar de estabilidad constitucional, período en el
que la vida política discurrió con arreglo a los cauces marcados por un texto
que fue reformado en dos ocasiones (11 de mayo de 1973 y 16 de marzo de 1983)
con arreglo a los procedimientos por él establecidos.
No puede decirse lo mismo en cuanto espíritu de acuerdo y respeto de las
formas constitucionales del movimiento
político que alumbró la nueva Constitución bolivariana aprobada bajo los
auspicios del coronel Hugo Chávez (responsable de un intento fallido de golpe
de Estado en 1992), que accedió a la Presidencia de la República tras las
elecciones presidenciales celebradas el 6 de diciembre de 1998 con un amplio
respaldo popular (56%) y después de haber triunfado igualmente en las
elecciones legislativas y regionales celebradas poco antes (noviembre de 1998).
De una parte, porque el proceso de elaboración de la nueva Constitución, aunque
formalmente dirigido por un grupo político integrado por una pluralidad de
partidos, el Polo Patriótico, en realidad es un movimiento populista liderado
por el coronel Chávez y dotado de escaso espíritu transaccional. De otro lado
porque el proceso constituyente, desde sus mismos inicios se autoproclamó
dotado de un carácter originario y en ruptura con el orden constitucional
precedente; de ello da buena prueba tanto la expresión con la que el coronel
Chávez aludía a la Constitución de 1961 (la moribunda), como el calificativo popular
con el que se conoció a la Asamblea Constituyente (la soberanísima).
Y, sin embargo, como han
advertido los sectores académicos más solventes del país (¿por todos, R.
Combellas “Qué es la constituyente?”, Caracas, 1998), la tesis de abrir un
proceso constituyente que asentara en nuevas bases la organización política de
Venezuela es algo que se remonta a finales de la década de los 80, fruto del
deterioro del sistema de partidos forjado 30 años antes.
En todo caso la tensión entre
una llegada al poder del coronel Chávez y su Polo Patriótico a través de
procedimientos constitucionalmente regulares y su inmediata proclamación de
ruptura con el orden constitucional precedente, va a dar lugar a un intenso e
interesante debate jurídico entre los defensores del mantenimiento del estatus
quo constitucional, preconizado por los partidos tradicionales, y con apoyo en
la fuerza jurídica de la Constitución de 1961 para regir su revisión, y los
partidarios de la originalidad del poder de la Asamblea Constituyente, sedicente
encarnación de la voluntad popular. La presente convocatoria y celebración de
referéndum popular convocado al margen de las prescripciones de la Constitución
de 1961 para superar los escollos que el procedimiento de reforma
constitucional implicaba (17 de febrero y 25 de abril de 1999), la celebración
de elecciones a una Asamblea Constituyente (25 de julio de 1999), la actuación
constituyente de dicha Asamblea hegemonizada por el chavismo pues de sus 131
miembros, 120 pertenecían al Polo Patriótico (3 de agosto a 15 de noviembre de
1999) y finalmente, el nuevo referéndum de ratificación del nuevo texto
constitucional (15 de diciembre de 1999), van a estar salpicados de
pronunciamientos de la Corte Suprema de Justicia de muy diverso signo
(sentencias de 19 de enero, 18 de marzo, 13 de abril y 14 de octubre siempre de
1999) y de incidentes con el poder judicial (Decreto de 19 de agosto de 1999 de
Reorganización del Poder Judicial declarando a éste en emergencia y dimisión de
la Presidenta de la Corte Suprema) que confieren a todo el proceso una notable
peculiaridad.
Como resultado del proceso
brevemente descrito, el 30 de diciembre de 1999, se publicó finalmente la
denominada Constitución Bolivariana de la República de Venezuela. Todavía
quedaba sin embargo un pequeño episodio que es preciso reseñar. Culminado el
proceso y concluida la labor de la Asamblea Constituyente, la Gaceta Oficial nº
5453 de 24 de marzo de 2000 procedió a una nueva publicación del texto
sedicentemente para subsanar determinados errores gramaticales, de sintaxis y
de estilo, pero que, sorprendentemente, recogía una Exposición de Motivos que
no llegó a ser en ningún momento debatida en el Pleno de la Asamblea
Constituyente. No obstante, éste último es el que se viene habitualmente considerando
como texto oficial, aunque solo fuera porque lleva la firma del Presidente de
la Asamblea, siendo este el texto que se reproduce a continuación.
Texto de la Constitución de 1999
Título I. Principios fundamentales
Título II. Del espacio geográfico y la división política
Título III. De los derechos humanos y garantías, y de los
deberes
Título IV. Del poder público
Título V. De la organización del poder público nacional
Título VI. Del sistema socio económico
Título VII. De la seguridad de la Nación
Título VIII. De la protección de esta Constitución
Título IX. De la reforma constitucional